Comunales
El próximo 31 de enero vence el plazo para el pago de las patentes comerciales, industriales, profesionales y de alcoholes
Se inició el proceso de cancelación de las patentes comerciales, profesionales, industriales y de alcoholes, periodo 2024. El plazo para realizar el pago vence el próximo 31 de enero, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Rentas y Finanzas del municipio de Ovalle.
El alcalde Jonathan Acuña indicó que “se trata de un trámite obligatorio y es esencial que se realice en los plazos estipulados por ley y no se arriesguen a multas e intereses. Con el fin de facilitar este pago pondremos a disposición a nuestro personal, quienes asesorarán a los contribuyentes locales, ante cualquier duda del proceso”.
Más detalles en www.laperladellimarí.cl
Se inició el proceso de cancelación de las patentes comerciales, profesionales, industriales y de alcoholes, periodo 2024. El plazo para realizar el pago vence el próximo 31 de enero, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Rentas y Finanzas del municipio de Ovalle.
El alcalde Jonathan Acuña indicó que “se trata de un trámite obligatorio y es esencial que se realice en los plazos estipulados por ley y no se arriesguen a multas e intereses. Con el fin de facilitar este pago pondremos a disposición a nuestro personal, quienes asesorarán a los contribuyentes locales, ante cualquier duda del proceso”.
Los contribuyentes deben dirigirse a la Tesorería Municipal, ubicada en calle Ariztía Poniente N°7 (Ex Hospital Antonio Tirado Lanas), de lunes a viernes entre las 8.30 y las 14.00 horas. Al igual que en años anteriores, los usuarios podrán cancelar en la página Web www.municipalidadovalle.cl, en el banner “Pagos Online”, “a excepción de las patentes de alcoholes, las cuales deben tramitarse de forma presencial, puesto que deben presentar documentos obligatorios” sostuvo el jefe de Rentas y Finanzas del municipio de Ovalle, Víctor Lara Ramírez.
Quienes soliciten patentes de alcoholes y son personas naturales deben presentar una fotocopia de carnet de identidad (Por ambos lados) del contribuyente sin anotaciones, el certificado de antecedentes sin anotaciones con vigencia de 30 días y el certificado de la junta de vecinos del sector respectivo. En el caso, que sean persona jurídica al momento del trámite tendrán que presentar fotocopia de carnet y certificado de antecedentes del o los representantes legales sin anotaciones y con vigencia de 30 días, además del certificado de la junta de vecinos respectiva y el Rut de la empresa.
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