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Condenan a 14 años de presidio efectivo a autora del delito consumado de parricidio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a C.T.P.D. a la pena de 14 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autora del delito consumado de parricidio de su exconviviente. Ilícito perpetrado en octubre de 2022, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Weishaupt Milner (presidente), Kerima Schichaschwili Carvajal y Rubén Bustos Ortiz (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:00 horas del 23 de octubre de 2022, al interior de un domicilio ubicado en la población Bicentenario, comuna de Ovalle, la sentenciada provista de un cuchillo, le propinó a la víctima diversos golpes, cortes y puñaladas en diferentes partes del cuerpo, a consecuencia de lo cual perdió la vida por las heridas corto-penetrantes cervicales con compromiso arterial importante de carácter homicida.

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|8 de agosto de 2024|3 minutos de lecturaAgregar La Perla del Limarí
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a C.T.P.D. a la pena de 14 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autora del delito consumado de parricidio de su exconviviente. Ilícito perpetrado en octubre de 2022, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Weishaupt Milner (presidente), Kerima Schichaschwili Carvajal y Rubén Bustos Ortiz (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:00 horas del 23 de octubre de 2022, al interior de un domicilio ubicado en la población Bicentenario, comuna de Ovalle, la sentenciada provista de un cuchillo, le propinó a la víctima diversos golpes, cortes y puñaladas en diferentes partes del cuerpo, a consecuencia de lo cual perdió la vida por las heridas corto-penetrantes cervicales con compromiso arterial importante de carácter homicida.

“En este punto exigido por este tipo penal sobre haber mantenido una relación de convivencia, en este caso entre la acusada y la víctima se estableció fehacientemente con una serie de testimonios los que no fueron sujeto a controversia en este juicio, reconociéndose de esta forma , que iniciaron su relación en 2017, vivieron juntas un tiempo, cerca de 4 años, y que ellas vivían en el domicilio, en villa Bicentenario, Ovalle”, consigna la sentencia.

En la determinación de la pena a imponer a la condenada, el tribunal tuvo presente que: “(…) las heridas que presentó (…) dan cuenta que la imputada al momento de los hechos tuvo lesiones superficiales y leves, incluso auto inferidas tal como lo observó directamente el testigo (…) cuando llegó al sitio del suceso, por lo que no prosperará el reconocimiento de legítima defensa a favor de la encartada”.

Asimismo, el tribunal le reconoció a la acusada las circunstancias atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. “Esto porque la acusada prestó declaración en el presente juicio reconociendo su participación, la forma de comisión, las armas utilizadas, accedió voluntariamente a la toma de muestras biológicas, dio cuenta del vínculo de convivencia, ofreció detalle sobre la dinámica de la violencia intrafamiliar cruzada, entregó voluntariamente sus ropas, permiten colegir que concurre la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos”, detalla la sentencia.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica de la sentenciada para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.

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